El texto modifica los artículos 311 y 312 del Código Penal y se les agrega el femicidio como figura especialmente agravada de homicidio, llevando el asesinato de una mujer por cuestiones de género a penas de 30 años de cárcel.
Las discrepancias surgieron frente a las modificaciones realizadas en la cámara baja. Una de estas implica que el femicidio será un agravante del homicidio si hubo algún vínculo de afectividad, intimidad y de índole sexual entre el hombre y la mujer asesinada, lo que abre varias posibilidades para que no sea aplicado.
Sin embargo, los legisladores dieron su apoyo porque se trataba de la última instancia de negociación parlamentaria; o se aprobaba o no había ley.
«Seguimos razonablemente afirmando que el femicidio puede ser la consecuencia de una relación de afectividad o intimidad (aunque) no esté circunscripta a un vínculo de tipo sexual. Creemos que era mucho más ampliatoria la definición que habíamos dado en esta Cámara», dijo la senadora Daniela Paysee.
Bordaberry fundamentó que votó afirmativamente porque, de no hacerlo, «hubiera sido rechazarlo, pero las modificaciones introducidas, en especial la exigencia de la intimidad sexual, no son acertadas».