Se realizó esta mañana una conferencia de prensa de la Asociación de Escribanos de Artigas para brindar informacion referente a la entrada en vigencia de la Ley de Inclusion Financiera.
Desde el próximo 1° de abril comenzarán a regir nuevas disposiciones que restringen el uso de efectivo en operaciones de montos elevados y en negocios de compraventa de inmuebles y vehículos que involucren cantidades superiores a US$ 5.000. Esta normativa agrega a los escribanos la tarea de dejar constancia del medio de pago utilizado en cada documento que respalda la transacción de estos bienes.

NUEVA REGLAMENTACIÓN:

Cuando el monto del negocio supere las 40 mil UI (unos US$ 5.000) la operación se deberá hacer obligatoriamente a través de medios de pago electrónico; letras de cambio cruzadas, que deberán estar a nombre del adquirente del negocio jurídico; y cheques comunes o diferidos, cruzados y con la cláusula de «no a la orden» (admitiéndose el uso de cheques diferidos sin la cláusula de «no a la orden» hasta el 31 de diciembre de 2018).

En las operaciones con saldo de precio, los pagos para cancelar saldos deberán realizarse mediante acreditación en cuenta o en instrumento de dinero electrónico. A esos efectos se admitirán: depósitos directos en la cuenta o instrumento de dinero electrónico (ya sea depósito de dinero en efectivo, de cheques o de letras, por citar algunos ejemplos); transferencias electrónicas y la entrega, en forma directa al acreedor, de letras de cambio cruzadas a nombre del adquirente, o de cheques comunes o diferidos, cruzados y con la cláusula de «no a la orden».

También se prevé que los pagos podrán efectuarse a través de instrumentos cuyo titular o emisor sea un sujeto distinto al que realiza la operación (por ejemplo, si un padre compra un vehículo para su hijo, es válido que los fondos salgan de la cuenta del padre).

En la misma línea, los fondos podrán depositarse en una cuenta cuyo titular no sea el acreedor del negocio (en el ejemplo anterior, quien vende el auto no requiere tener una cuenta bancaria para realizar la venta).