Este lunes 30 de abril se celebra el día del trabajador rural, establecido por la Ley Nº 19.000 publicada el día 21 de noviembre de 2012.

Ley Nº 19.000 DÍA DEL TRABAJADOR RURAL

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.-Declárase el 30 de abril de cada año «Día del Trabajador Rural», como feriado no laborable pago para los trabajadores que desempeñan esa actividad.

Artículo 2º.-El Poder Ejecutivo organizará y promocionará, durante ese día, las actividades y medidas necesarias destinadas a difundir la importancia de la labor del trabajador rural en nuestro país.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 6 de noviembre de 2012.