Días atrás un conductor que manejaba un automóvil Chevrolet Celta evadió el control vehicular policial establecido en Puerto Central, huyendo del lugar a contra mano embistiendo una motocicleta que circulaba por el lugar, circulando por otras vías de transito también a contra mano, ingresando posteriormente a su finca, desde donde fue conducido por disposición Fiscal, ingresando como detenido. El hombre carece de licencia para conducir y el vehículo carece de permiso de circulación y seguro.
Se le realizó test de espirometria con resultado positivo.
Policía Científica realizó relevamiento correspondiente. Enterada la Señora Juez de faltas dispuso incautar el vehículo, aplicar medidas correspondientes y dar intervención a aduanas por infracción aduanera y la elevación de los antecedentes.
Culminada la instancia judicial, la Señora Juez Letrado de Primera Instancia de Primer Turno de Artigas, por sentencia lo CONDENÓ COMO AUTOR DE UN DELITO DE DESACATO, UN DELITO DE LESIONES CULPOSAS, UN DELITO DE OMISIÓN DE ASISTENCIA Y UN DELITO DE RECEPTACIÓN EN CONCURRENCIA FORMAL EN CALIDAD DE AUTOR , A LA PENA DE NUEVE MESES DE PRISIÓN SUSTITUIDOS POR RÉGIMEN DE LIBERTAD VIGILADA LEY 19.831 CON LAS SIGUIENTES CONDICIONES: ARRESTO DOMICILIARIO NOCTURNO DE LUNES A VIERNES DE 00:00 A 07:00 HORAS Y LOS FINES DE SEMANA DE 22:00 A 07:00 HORAS, ARTICULO 8 LITERAL D. LAS CONDICIONES DEL ARTICULO 7 LITERALES A RESIDENCIA EN UN LUGAR DETERMINADO DONDE SEA POSIBLE LA SUPERVISIÓN POR LA OSLA, B Y C PRESENTACIÓN UNA VEZ POR SEMANA
EN LA SECCIONAL POLICIAL CORRESPONDIENTE AL DOMICILIO FIJADO.