La Dra. Miredi Biscarra quien es la asesora jurídica de uno de los Molinos ubicados en el Barrio Industrial y que los vecinos acusan de contaminación desde hace varios años expresó en las ultimas horas que esa información no es correcta.
Explico que la empresa que ella patrocina cumple con todos los controles legales correspondientes.
”Los exámenes los realiza permanentemente el Latu y son enviados a la Dinama, creemos que se brinda muchas veces información que no es correcta”.
El abogado y edil que impulsa estas denuncias esta infringiendo el articulo 38 de la Ley organica Municipal que prohibe segun la constitucion que los ediles tramiten o dirijan asuntos propios o de terceros, y el Doctor vive en el barrio, por tal motivo no podría llevar adelante la denuncia, aseguró la asesora jurídica de la empresa arrocera.
Biscarra desconoce el porqué de los ataques muchas veces personales según su pensamiento, y recordó que hay que mantener un respeto profesional siempre en estos temas.
Sobre la empresa dijo que le brinda trabajo a casi 200 personas en todo el departamento e insistió que cumple con todos los cánones legales.
Ley Orgánica Municipal (Ley Nº 9515)
SECCIÓN IV
Disposiciones comunes a los Intendentes y a la Junta Departamental
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 38.- Los Ediles e Intendentes no podrán durante su mandato:
1º. Intervenir como directores, administradores o empleados en empresas que contraten obras o suministros con los Municipios, o con cualquier otro órgano público que tenga relación con ellos;
2º. Tramitar o dirigir asuntos propios o de terceros ante los Municipios salvo lo preceptuado en el artículo siguiente;
3º. Ser cesionarios o fiadores ante el Municipio en asuntos municipales.
La inobservancia de lo dispuesto en este artículo y en el 9º de la presente ley, importará la pérdida inmediata del cargo, que será decretada por el Senado, previa acusación de un tercio de votos de las Juntas Departamentales.